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Aprobada la Norma Básica de Protección Civil

La normativa tiene como objetivo principal mejorar la coordinación y eficacia de las actuaciones en la gestión del ciclo de las emergencias.

El Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, aprobado por el Ministerio de Interior y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 21 de junio de 2023, establece la Norma Básica de Protección Civil. Esta normativa tiene como objetivo principal mejorar la coordinación y eficacia de las actuaciones de las diferentes Administraciones Públicas en la gestión del ciclo de las emergencias, que comprende las fases de análisis de riesgos, prevención, planificación, respuesta, recuperación y evaluación.

«La Norma Básica recoge, en primer lugar, el catálogo de riesgos que deban ser objeto de la protección civil, y que deben ser definidos bien por disposición reglamentaria, bien en la propia Norma, a la que se incorpora el correspondiente catálogo», informa el Texto Original del BOE.

Catálogo de riesgos de protección civil

El artículo 2 de este Real Decreto contempla la existencia de un Catálogo de riesgos objeto de planificación, el cual incluye aquellos riesgos que requieren la implementación de planes de protección civil debido a su frecuencia, duración, ámbito territorial e impacto en la población, bienes, animales, medio ambiente y patrimonio histórico, artístico y cultural.

El anexo contiene este catálogo de riesgos que deben ser objeto de planificación de protección civil:

  • Inundaciones.
  • Terremotos.
  • Maremotos.
  • Riesgos volcánicos.
  • Fenómenos meteorológicos adversos.
  • Incendios forestales.
  • Accidentes en instalaciones o procesos en los que se utilicen o almacenen sustancias químicas, biológicas, nucleares o radiactivas.
  • Accidentes de aviación civil.
  • Accidentes en el transporte de mercancías peligrosas.
  • Riesgo bélico.

El Real Decreto reconoce la importancia de incluir a los animales en todas las medidas de protección contempladas en las Directrices Básicas de Planificación y en la estructura y contenido de los Planes de Protección Civil. Esta inclusión se considera necesaria tanto por la seguridad de los animales como por la de las personas encargadas de su cuidado.

Planes de protección civil

En lo que respecta a la planificación, la Norma Básica establece que los planes de protección civil son los instrumentos encargados de la previsión, respuesta y evaluación de los riesgos, definiendo para cada territorio el análisis del riesgo, los escenarios de emergencia derivados de dicho análisis y su zonificación, los sistemas de información y alerta, el marco orgánico-funcional, los mecanismos de movilización de capacidades, las diferentes fases y situaciones operativas, las medidas de protección a la población, las medidas de autoprotección, los medios y recursos movilizables agrupados en capacidades, así como la integración con otros instrumentos de planificación de mayor ámbito y, en su caso, la integración de otros planes de protección civil de ámbito inferior. También se establecen las actividades necesarias para la implantación, mantenimiento, evaluación y revisión de los planes.

Estos planes constituirán un documento único, con el contenido y estructura que se establezca en la correspondiente Directriz Básica de Planificación, determinando su contenido mínimo y la estructura común de los diferentes planes. La norma establece diferentes tipos de planes de protección civil:

  • El Plan Estatal General: es el instrumento marco de planificación del Sistema Nacional de Protección Civil.
  • Los Planes Territoriales: son instrumentos superiores de planificación de protección civil en el territorio de una Comunidad Autónoma, una Ciudad con Estatuto de Autonomía o una entidad local.
  • Los Planes Especiales: son planes elaborados en cada ámbito territorial para establecer medidas específicas para cada riesgo incluido en el catálogo mencionado en el anexo.
  • Los Planes de Autoprotección: son establecidos por los titulares de actividades, centros, establecimientos e instalaciones que pueden generar riesgos de protección civil.

Es importante destacar que la aprobación de los diferentes planes de protección civil corresponde a las Administraciones Públicas competentes, y se prevé que sean registrados y publicados para formar parte de la Red Nacional de Información de Protección Civil (RENAIN) establecida por la Ley 17/2015, de 9 de julio.

«Con la aprobación de esta nueva norma básica, el Sistema Nacional de Protección Civil actualiza su esquema normativo, en coherencia con el impulso a esta política de seguridad pública que se ha situado en los últimos tiempos como un instrumento fundamental de cohesión territorial y social para garantizar la seguridad de todas las personas en las situaciones de vulnerabilidad ante emergencias y catástrofes», se aclara en la página oficial de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.

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