fbpx
InicioActualidadMedidas para cumplir con el RIPCI en los centros hospitalarios

Medidas para cumplir con el RIPCI en los centros hospitalarios

La protección contra incendios en hospitales, donde residen personas enfermas y que no se valen por sí mismas hay que extremarla. En España, las medidas mínimas que debe cumplir un hospital vienen detalladas en el Código Técnico de la Edificación (CTE), en su denominación de Uso Hospitalario. El término hospitalario es de aplicación a los edificios asistenciales sanitarios (hospitales, clínicas, sanatorios) que cuentan con hospitalización de 24 horas y que están ocupados por personas que en su mayoría son incapaces de cuidarse por sí mismos.

claves para aplicar el ripci
José Miguel Marín, de Tecnifuego

En este artículo vamos a condensar las medidas que se deben cumplir para la instalación y mantenimiento de los equipos requeridos en el CTE, ya que desde el 12 de diciembre de 2017 está en vigor el Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprobó el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RIPCI) y sus tres anexos, que introducen cambios importantes para el usuario.

El objeto de este RIPCI constituye las condiciones y los requisitos exigibles al diseño, instalación/aplicación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes de las instalaciones contra incendios.

Es obligatorio que las empresas instaladoras y mantenedoras cumplan los requisitos del RIPCI, es decir, estén debidamente habilitadas por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, de un seguro RC de 800.000 € , como mínimo; dispongan de personal contratado adecuado a su nivel de actividad; tengan un certificado de calidad implantado (ISO 9001 (R.D.2200/1995 DE 28 DIC); y la empresa instaladora y mantenedora habilitada no podrá facilitar, ceder o enajenar certificados de instalación no realizados por ella misma.

Obligaciones de las empresas mantenedoras

Además, detallar la obligación de las empresas mantenedoras (una actividad básica, tratándose de equipos que están en reposo y solo se activan en caso de incendio) de realizar el mantenimiento de acuerdo con los plazos reglamentados utilizando recambios y piezas originales, siempre y cuando afecten a la certificación de producto.
Además:
Corregir a petición del titular de la instalación, las deficiencias o averías que se produzcan en los equipos o sistemas cuyo mantenimiento tiene encomendado.
Entregar un informe técnico al titular, de los equipos y/o sistemas que no ofrezcan garantía de correcto funcionamiento, presenten deficiencias, que no se puedan corregir durante el mantenimiento, que no cumplan con las disposiciones vigentes que le sean aplicables o no sean adecuadas al riesgo de incendio.
Conservar al menos durante 5 años, la documentación justificativa de las operaciones de reparación y mantenimiento que se realice.
Emitir un certificado del mantenimiento periódico efectuado, en el que conste o se haga referencia a los equipos y sistemas objeto del mantenimiento, anexando copia de la lista de comprobación utilizadas durante las operaciones y comprobaciones ejecutadas, con las anotaciones realizadas y los resultados obtenidos, firmados por la empresa mantenedora (responsable técnico).
– Por último, lo debe firma el titular o representante de la propiedad de la instalación (en este caso gerente del hospital) para dar constancia de su conformidad y de que ha recibido los documentos.

el RIPCI en los centros hospitalarios

En los establecimientos hospitalarios la instalación de los equipos y sistemas contra incendios incluidos en el reglamento requieren de un proyecto o documentación técnica ante los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autónoma.

El citado proyecto o documento será redactado y firmado por técnico titulado competente.
Deben de existir los dos documentos: el proyecto (para la instalación) y el certificado de la instalación (para la puesta en servicio).

Puesta en servicio

Para la puesta en servicio de las instalaciones de protección activa contra incendios de un hospital se requiere:
– La presentación del proyecto y certificados ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
– Tener suscrito un contrato de mantenimiento con una empresa mantenedora debidamente habilitada.
Una vez realizada la puesta en servicio, se deberá conservar dicho contrato de mantenimiento, para poder presentarlo en el caso de que los soliciten las autoridades competentes o durante las inspecciones técnicas.

Inspecciones periódicas de las instalaciones contra incendios

En aquellos casos en los que la inspección de las instalaciones de PCI no esté regulada por reglamentación específica, los titulares deberán solicitar al menos cada 10 años, a un organismo de control acreditado. Se empezará a contar desde la puesta en servicio de la instalación.

El organismo de control solicitará al titular la documentación de dichas instalaciones y si detecta algún documento faltante, lo hará constar para que el titular lo subsane.
De dichas inspecciones se levantará un acta firmada por el técnico competente del organismo de control que ha procedido a la inspección y por el titular de la instalación.

Por José Miguel Marín Rodríguez. comité de instalación, mantenimiento e ingeniería de equipos y sistemas. Tecnifuego 

Lea el artículo completo en Cuadernos de Seguridad.

 

artículos relacionados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí