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El mantenimiento de las instalaciones de Protección contra Incendios debe continuar pese al COVID-19

El Ministerio de Industria ha aclarado que el mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios debe seguir operándose. Esta aclaración se debe a la pregunta lanzada por Tecnifuego «en el caso de un establecimiento comercial que esté afectado por la limitación del artículo 10.1 (y del anexo i), ¿el comerciante podrá entrar en él para llevar a cabo tareas de almacén, gestión del producto, etc., sin que esté en ningún momento abierto al público? asimismo, en dichas condiciones ¿podría trabajar el comerciante con su personal respetando las debidas distancias de seguridad

mantenimiento

Medidas de seguridad e higiene

La respuesta emitida por el Ministerio de Industria fue afirmativa: «sí, porque no se trata de una actividad prohibida por el real decreto. También podrá participar el personal, cumpliendo las medidas de seguridad e higiene; en particular, deben evitarse las aglomeraciones.

Instalación y mantenimiento de PCI

Algunas de las cuestiones planteadas por Tecnifuego en el escrito reflejan que:

  • Ninguno de los decretos que sobre la crisis del COVID-19 ha aprobado el gobierno hasta la fecha, prohíbe la actividad económica de las empresas instaladoras y mantenedoras de equipos y sistemas de protección contra incendios.
  • La instalación y mantenimiento de PCI es seguridad industrial de personas y bienes.
  • Ninguno de los decretos aprobados hasta la fecha por el gobierno suspende las obligaciones derivadas de los reglamentos que regulan la instalación y mantenimiento de equipos de protección contra incendios.
  • Aunque el establecimiento del cliente haya cerrado voluntariamente o se dedique a actividades que hayan sido prohibidas (bares, discotecas, peluquerías, centros de enseñanza, etc.) sus equipos de protección contra incendios deben ser mantenidos, reparados o sustituidos cuando corresponda.
  • Las limitaciones de circulación de personas tienen como excepción causas de fuerza mayor o desplazamientos para cumplir obligaciones de servicios esenciales y la seguridad del establecimiento lo es.
  • Los operarios de las empresas de mantenimiento que se encuentren en activo, acudirán a los establecimientos de sus clientes guardando siempre las debidas medidas de prevención ordenadas por la autoridad sanitaria de cara a evitar contagios.

Tecnifuego emite como conclusión que al estar vigentes todos los reglamentos que regulan la instalación y mantenimiento de equipos de PCI y alarma, y al permitir las autoridades a los dueños de las instalaciones cerradas, que puedan abrir los mismos para que los mantenedores cumplan con sus trabajos de prevención, mantenimiento y reparación, el dueño no puede negarse a hacerlo.

Además señala que si ocurre un siniestro en su establecimiento, el seguro de responsabilidad civil que tenga contratado no le va a cubrir ni a abonar indemnización sino tiene al día los mantenimientos de sus instalaciones.

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