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Cómo calcular la cuota de autónomo en 2023

Desde el 1 de enero de 2023 se aplican las nuevas cuotas para los trabajadores por cuenta propia. Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 13/2022 de 26 de julio de 2022, se establece un sistema actualizado de cotización para los autónomos.

Si eres un detective privado u otro profesional del sector de la Seguridad que trabaja por cuenta propia, coge algo para apuntar porque a continuación te informamos sobre como calcular tu cuota de autónomo.

Cuotas de autónomos de 2023 hasta 2025

Desde el 1 de enero, los autónomos tienen la obligación de presentar una previsión de ingresos anuales. Cualquier trabajador por cuenta propia pagará a la Seguridad Social el importe correspondiente según sus ingresos, «en función de los rendimientos netos anuales, obtenidos en el ejercicio de todas sus actividades económicas», como se aclara en el portal de la Seguridad Social. Por tanto, la cuota mensual se calculará en función de los rendimientos comunicados, a través de los cuales se determinará la base de cotización.

Tanto el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como la comunicación de sus actividades, se podrán realizar a través de Importass, la plataforma de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Calcular la cuota de autónomo

El cálculo de la cuota de autónomo se basa en los tramos de cotización, como se puede consultar en la tabla ofrecida a continuación.

tramos rendimiento autonomos 2023
Tabla de rendimientos y bases de cotización los los autónomos en 2023. Fuente: Portal de la Seguridad Social.

Para el año 2023, la base de cotización mensual mínima es de 950,98€, mientras que máxima asciende a 4.495,50€. Si los rendimientos previstos sean inferiores al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, se puede elegir la base de cotización dentro de una tabla reducida, siendo la base mínima 751,63€ mensuales.

El porcentaje que se aplica a la base de cotización para calcular la cuota se reparte de esta forma:

  • 28,30% por contingencias comunes.
  • 1,3% por contingencias profesionales.
  • 0,9% por cese de actividad.
  • 0,1% por formación profesional.
  • 0,6% por mecanismo de equidad intergeneracional (MEI).

La Tesorería General de la Seguridad Social ofrece en su portal una guía práctica completa para resolver todas las dudas sobre el nuevo sistema de cotización de los autónomos basado en los rendimientos anuales.

CONSULTA LA GUÍA DE LA TESORERÍA GENERAL

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