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En apartamentos turísticos se debe exigir también seguridad frente a un incendio

La recuperación del turismo se aceleró en abril. España recibió ese mes 6,1 millones de turistas internacionales (datos INE). Igualmente, la estadística recoge que las pernoctaciones en apartamentos turísticos aumentaron un 349,1% en abril. Esta recuperación afortunadamente se va acercando a cifras de prepandemia.

apartamentos turísticos

Paralelamente, el INE ha presentado su primer estudio sobre vivienda vacacional en España, en el que se indica que hay 321.000 pisos turísticos, el 1,3% de todas las viviendas (datos oficiales del censo, reales se calcula un 20% más). Las comunidades autónomas con más inmuebles de este tipo son: Andalucía (67.392 pisos turísticos), Cataluña (63.199) y Comunidad Valenciana (54.638). Estos datos suponen entre un 20% a un 30% del total de las plazas hoteleras de nuestro país.

El problema Tecnifuego plantea en esta nota informativa es la posible falta de seguridad que pueden tener estos apartamentos comparados con los hoteles. Desde la Asociación Española de Sociedades de Protección contra Incendios, aconsejamos a la hora de contratar un apartamento turístico exigir las mismas medidas de seguridad contra incendios que tiene un hotel. Ya que en él se dan los mismos condicionantes: desconocimiento del espacio en caso de evacuación y el pernoctar, con los riesgos de estar dormido, y que no haya elementos (alarma de incendio) para poder despertar y evacuar a tiempo.

Los hoteles se rigen por una normativa nacional estricta: Código Técnico de la Edificación, Documento Básico Seguridad contra Incendios (CTE-DBSI) con relación a los medidas y medios que deben cumplir e implementar, además de normativas municipales y autonómicas. Sin embargo, los apartamentos turísticos no tienen que cumplir esos mismos requisitos, sino que se rigen por la modalidad uso vivienda que exige menos medidas de seguridad.

Esta ausencia legislativa estatal, lo han suplido algunas comunidades autónomas: en Aragón, Decreto 80/2015. En Baleares, Ley 8/12 y Decreto 13/2011.En Canarias, Decreto 113/2015. En Cantabria, Decreto 19/2014. En Cataluña, Decreto 159/2012. En Madrid, Decreto 79/2014, o en el País Vasco, Ley 13/2016, de 28 de julio.

La escasa y genérica mención a la seguridad contra incendios en la reglamentación hace que en la práctica haya un vacío legal sobre las medidas de seguridad contra incendios en las viviendas turísticas.

Mientras se regula la situación -está pendiente la Ley de Turismo, que contemplará parte del problema- desde TECNIFUEGO aconsejan a los usuarios, antes de alquilar, fijarse en que el apartamento esté dotado de los equipos de seguridad contra incendios como cualquier hotel. Y a los propietarios «les instamos a instalar de manera voluntaria medidas de seguridad contra incendios en este tipo de apartamentos de uso turístico, por razones evidentes. El tiempo vacacional puede conllevar situaciones de mayor riesgo de incendio: fiestas, velas, cigarros. Los apartamentos turísticos son espacios que el visitante no conoce, para una posible evacuación en caso de incendio; y son espacios donde se pasa la mayor parte del tiempo durmiendo«.

Detección de incendios, extintores, manta ignífuga, bocas de incendio equipadas y rociadores automáticos son algunos de los elementos que toda vivienda turística debe tener instalados, como elementos de protección activa.

También es importante reforzar la protección pasiva (edificatoria). Y existe una buena oportunidad, como son los fondos europeos Next Generation que contemplan los Planes de rehabilitación de vivienda (sea el uso que sea habitacional turística…), es importante tener en cuenta la implementación y/o mantenimiento de los sistemas de protección pasiva contra incendios en las edificaciones. Por ejemplo, el aislamiento térmico puede cambiar las características de combustión de los nuevos materiales, y por tanto aparece la necesidad de adaptar las instalaciones a una mayor exigencia de los materiales para su protección frente al fuego.

La utilización de materiales cuya reacción al fuego sea la adecuada al uso y conforme a las normativas limitará la aparición del incendio y su propagación al inicio del mismo. Materiales poco inflamables, que no goteen y no liberen humo serán los más adecuados. También se deben tener en cuenta las modificaciones y refuerzos en la estructura, y contemplar la mejora de las vías de evacuación.
Para unas vacaciones seguras exige protección contra incendios también en los apartamentos.

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