fbpx
InicioActualidadImportancia del mantenimiento de acuerdo con el RIPCI 513/2017

Importancia del mantenimiento de acuerdo con el RIPCI 513/2017

José Miguel Marín Rodríguez. Comité sectorial de ingeniería, instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de TECNIFUEGO.

Hemos tenido que esperar diecinueve años desde la última versión del Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, RIPCI, anterior de agosto de 1998, y veinticuatro años desde la primera aparición del RIPCI de marzo de 1993, ¿qué es lo que avanzado desde entonces en mantenimiento de medios contra incendios?
Mantenimiento

A mi parecer, prácticamente este reglamento es igual al anterior RIPCI en cuanto a tecnologías que admite. Sí es verdad que han aparecido en el tiempo nuevas familias de sistemas y equipos con lo cual se necesiten nuevas tecnologías para la revisión y el mantenimiento de las mismas, y que nos aportarán una mayor seguridad y rapidez de actuación ante un siniestro.

-Programa de mantenimiento del RIPCI 513/2017. Sección 1º Protección Activa (tabla I trimestral y semestral, y II anual y quinquenal)

  • Sistemas de detección y alarma de incendios. (detectores)
  • Sistemas de detección y alarma de incendios. (dispositivos para la activación manual)
  • Sistema de abastecimiento de agua contra incendios.
  • Extintores de incendio
  • Bocas de incendio equipadas (BIE)
  • Hidrantes
  • Sistema de columna seca.
  • Sistemas fijos de extinción:
    • Rociadores automáticos de agua
    • Agua pulverizada
    • Agua nebulizada (nueva familia en RIPCI)
    • Espuma física
    • Polvo
    • Agentes extintores gaseosos.
    • Aerosoles condensados (nueva familia en RIPCI)
    • Sistemas para el control de humo y calor (nueva familia en RIPCI)

-Sección 2º Señalización luminiscente (nueva familia en RIPCI)

(tabla III, anual)

  • Equipos contra incendios
  • Balizamientos
  • Planos de evacuación.
  • Evacuación.

Nota: en la guía técnica le da importancia a revisar y mantener las “señales de evacuación”

-Otras familias sin sección. (nueva familia en RIPCI)

Mantas ignifugas

  • Revisión anual por empresa mantenedora o fabricante.
  • Por el tipo de producto que caduca a los 20 años.

Alumbrado de emergencia

  • Revisión anual por empresa de mantenimiento autorizada según RBT.

Mantenimiento

Creo que el mantenimiento es una de las áreas principales del nuevo RIPCI, y algunas de las cuestiones destacadas son:

  • Las empresas de mantenimiento deben de tener la siguiente información, facilitada por los propios usuarios:

1º nombre y domicilio de la Propiedad de las instalaciones.

2º nombre y cargo del Representante de la propiedad.

3º nombre y cargo del Rrepresentante de la propiedad ante las operaciones de    mantenimiento.

4º domicilio de localización de la instalación y fecha de instalación.

5º empresa responsable de la última inspección y fecha de esta.

6º empresa responsable del último mantenimiento y fecha de esta.

  • Los usuarios igualmente deben estar informados por las empresas mantenedoras:

1º nombre, número de identificación, y domicilio de la empresa mantenedora.

Declaración de que está habilitada, para todos y cada uno de los productos y sistemas, sobre los que se va a efectuar el mantenimiento.

2º nombre de la persona responsable de realizar las operaciones de mantenimiento.

Declaración de que dicha persona se encuentra cualificada (operario cualificado)

En esta parte es muy importante la incorporación de tener que firmar las actas de mantenimiento por la empresa mantenedora y el representante de la propiedad. Además, deja claro que se debe conservar la documentación del mantenimiento preventivo al menos durante “cinco años”, las anotaciones deben llevarse al día y estarán a disposición de los servicios de inspección de la comunidad autónoma correspondiente.

Inspección mantenimiento

 

 

 

 

 

 

OTRAS CUESTIONES A TENER EN CUENTA

Hay que recordar que las empresas mantenedoras de los sistemas fijos de PCI y extintores que contengan gases fluorados de efecto invernadero deberán cumplir con las operaciones que procedan, según lo establecido en el reglamento CE Nº 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril del 2014.

El documento que recoja la evaluación técnica de aquellos productos y sistemas cuya conformidad, con este reglamento en base a lo establecido, contendrá las operaciones de manenimiento, es decir que la empresa instaladora deberá de entregar al usuario o titular de la instalación la documentación que recoja dicha información. También se deberá de entregar los documentos a la empresa mantenedora por medio del titular.

En los sistemas de detección, alarma y extinción, se acepta la conexión remota a un centro de gestión de servicios de mantenimiento. La finalidad de este sistema adicional será el de facilitar las tareas de mantenimiento y gestión del sistema, dicho centro pertenecerá a una empresa mantenedora de PCI, debidamente habilitada.

VIDA ÚTIL

En el nuevo RIPCI también se establece la vida útil de los productos (sin retroactividad) siguientes:

  • Detectores de incendio, 10 años
  • Mangueras contra incendios en BIE, 20 años
  • Señalización, 20 años
  • Mantas ignifugas, 20 años.

A fecha de hoy, no tengo conocimiento de que algún fabricante haya marcado la vida útil en detectores o mangueras. Sin embargo, el propósito de marcar la vida útil es evitar que haya productos instalados que no sean capaces de cumplir con las tareas que fueron diseñados o que no ofrezcan unas garantías de funcionamiento.

¿Quién deberá de comunicarlo al usuario/propietario con el razonamiento que proceda?

  • Debería ser el mantenedor
  • Debería ser la inspección por OCA
  • Debería ser el propio usuario o propietario.

La no retroactividad de la vida útil creo que entra en contradicción con el mandato reglamentario, ya que nos podemos encontrar con instalaciones de detección, con todas las garantías de funcionamiento de 24 años de existencia y, sin embargo, las que se han instalado desde la puesta en marcha del RIPCI, en teoría con una tecnología superior, la tendremos que cambiar a los diez años, igualmente en el caso de las mangueras, siempre que pasen las pruebas hidrostáticas, o la señalización.

Este aspecto de la retroactividad la encontramos también en lo referente a la accesibilidad, y habrá que tener en cuenta que no sea discriminatorio (ver RD, legislativo 1/2013 y RD legislativo 7/2015), (ver CTE DB- SUA 9 y CTE DA DB-SUA/2), ambos pueden afectar a la altura de extintores y pulsadores instalados con anterioridad al RIPCI 513/2017. Igualmente, en las habitaciones de hoteles, residencias de personas mayores y algunas zonas de hospitales, en el  recorrido desde la puerta hacia la habitación y zonas comunes se deben de instalar  alarmas de incendio acústicas y ópticas, para cumplir con la parte de personas con discapacidad auditiva, así como en centros comerciales  y pública concurrencia también deben instalarse alarmas de incendio ópticas/ acústicas y estar señalizadas.

RESPECTO A PRUEBAS LEGALES

  • Quinquenales
    • Extintores
    • Manguera para BIE (entiendo que también las mangueras para hidrantes)
    • Columna seca (nueva obligación)
    • Batería de las fuentes de alimentación, centrales y grupos diésel (se deben cambiar cada cinco años)
    • Hidrantes (nueva obligación) (cambiar juntas de los racores)
  • Programa a los 10 años
    • Botellas con agentes extintor-gaseosos (según UNE 12845)
  • Programa en sistemas fijos de extinción
    • Prueba de la instalación en las condiciones de recepción.
    • En sistemas fijos de espuma
      • Coeficiente de expansión
      • Tiempo de drenaje
      • Tiempo de concentración

(según la parte de UNE EN-1568)

En sistemas fijos de extinción mediante rociadores automáticos

  • Programa anual UNE EN 12845
  • Programa trianual UNE EN 12845
  • Deberán ser “inspeccionados” cada 25 años. (según lo indicado en el anexo K de UNE EN 12845)

OTRAS INSPECCIONES ANUALES o ESPECIALES

  • Sistemas fijos de extinción por polvo
    • Comprobar que la cantidad de agente se encuentra dentro de los márgenes permitidos (pesada del agente extintor)
  • Sistemas fijos de extinción por espuma
    • Comprobar que el espumógeno no se ha degradado (muestra para laboratorio)
  • Sistemas que incorporan componentes a presión que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del reglamento de equipos a presión aprobados por el RD 2060/2008 de 12 dic
    • Serán sometidos a pruebas establecidas en dicho reglamento con la periodicidad que en el se especifique
  • Sistemas de control de humo y calor
    • Requisitos para el mantenimiento que determine el fabricante
    • Cambio de semiconductor en los detectores de CO (según fabricante, según UNE 23584)
  • Sistemas de agua nebulizada
    • Requisitos para el mantenimiento que determine el fabricante.
  • Sistema de extinción por aerosoles condensados
    • Requisitos para el mantenimiento (UNE ISO 15779)
  • Sistemas fijos por «inundación total» de agentes extintores gaseosos.
    • Anualmente, revisar estanqueidad de la sala protegida en condiciones de descarga.

Con toda esta serie de operaciones a realizar, lo primero que nos hace falta es actualizar nuestras plataformas de informes y certificados, para incorporar todas estas nuevas operaciones, nuevas familias, y en dichas operaciones tanto de mantenimiento como de correcciones o de instalación, ampliación, debemos tener en cuenta las fechas de dichos equipos, para poder controlar cuando le corresponde realizar sus pruebas periódicas o cambiar dichos elementos (detectores, mangueras, racores, mantas, señales, etc.). También en algunas operaciones se tiene que valorar las pruebas de retimbrados, hidrostáticas, para extintores, mangueras, columnas secas, y en instalaciones de gases, así como su estanqueidad de sala, y otros como garantizar el flujo necesario y calculado en las tuberías, sobre todo de agua contra incendios, en BIE, rociadores, hidrantes, etc.

Ahora bien, en las operaciones, como pruebas de columna seca o instalación de rociadores (sprinkler) ¿debemos de partir de la fecha instalación, aunque sea anterior al RIPCI actual?, ¿aplicamos la retroactividad? Yo creo que, en estos dos casos, sí se debe de partir de la fecha de instalación si queremos garantizar el buen funcionamiento. Además, ¿todo esto debería ir en un contrato? Yo creo que en la realidad casi siempre son operaciones que se valoran aparte.

Evidentemente esto es un avance en cuanto a seguridad y garantía de un buen funcionamiento que se espera de estos sistemas y productos.

Otra cuestión importante es que el nuevo RIPCI nos lleva a los mantenedores a auditar los proyectos, luego a la ejecución, verificar si la parte dotacional es la que corresponde, es decir, los equipos y sistemas que debe tener una instalación y luego realizar nuestro trabajo de mantenimiento de acuerdo con las tablas del RIPCI y normas que nos derive.

Así que los mantenedores se convierten en los asesores directos del usuario, máximo responsable del funcionamiento correcto en caso de su «puesta en marcha” de los productos, equipos y sistemas. Dicho esto, está claro que tiene una importancia muy grande, el mantenimiento de los equipos y sistemas contra incendios. Para poder cumplir con todo lo anterior, debemos conocer las fechas de las instalaciones de los productos, equipos y sistemas a mantener.

Se debe solicitar al usuario la siguiente documentación que se precise y como mínimo:

  • Licencia de obra, funcionamiento, actividad
  • Proyecto (con sus planos en AUTOCAD)
  • Certificado de dirección de obra
  • Certificado de empresa instaladora
  • Certificado de pruebas hidrostáticas y de estanqueidad en salas)
  • Puesta en marcha de la instalación (legalización)
  • Registro de mantenimiento
  • Homologaciones de los productos e instalación.
  • Otros, según aplique.

El futuro que se espera con todo lo comentado es que cualquier operario en una empresa de mantenimiento deberá de tener como mínimo una formación profesional de grado medio o de ingeniería relacionada con este sector, arquitecto técnico, así como formación de inspección a niveles de voluntaria de OCA, EICI, y por supuesto, que el usuario estará dispuesto a hacer frente con un contrato a todos estos requerimientos.

En conclusión, los sistemas y equipos contra incendios siempre tienen que estar operativos al 100%. Y por ello, el nuevo RIPCI, nos empuja para avanzar hacia una calidad total y actualización continua, logrando un sector totalmente profesional, con lo cual es muy “IMPORTANTE EL MANTENIMIENTO” correcto de cualquier producto, equipo o sistema contra incendios, y sirva para lo que se ha diseñado y se comporte como está esperado tanto en la detección y uso de cualquier equipo con el fin de salvar vidas y bienes patrimoniales. Esta es la aportación del sector, ya que estamos realizando un bien social, con lo cual es muy IMPORTANTE, nuestra existencia y que la sociedad la requiera y exija en consecuencia.

artículos relacionados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí